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Una de las zonas exteriores del Magia Beach, en La Manga, en una imagen de archivo, cuando el chiringuito estaba abierto. P. Sánchez / AGM
El Consejo Jurídico insta al Consistorio a adecuar la normativa urbanística a la ley

El Consejo Jurídico insta al Consistorio a adecuar la normativa urbanística a la ley

El dictamen se emitió ante una pregunta del regidor sobre un chiringuito ilegal de La Manga y su encaje en las normas subsidiarias

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Lunes, 17 de septiembre 2018

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Al alcalde, José Miguel Luengo, le ha salido el tiro torcido en la consulta que ha realizado al Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) sobre la interpretación de las normas subsidiarias de planeamiento de San Javier. El regidor quería que este órgano se pronunciase para ver si en las citadas normas tenía encaje un estudio de detalle planteado por la mercantil del Magia Beach, un chiringuito investigado por la Fiscalía por estar construido en primera línea de playa en La Manga. Sin embargo, la institución no solo se ha pronunciado sobre este asunto, sino que además ha sido muy crítica con la normativa urbanística que actualmente emplea el Ayuntamiento.

«La respuesta a las cuestiones formuladas requiere tener en cuenta, como aclaración previa, que el instrumento utilizado para la ordenación urbanística de San Javier, las normas subsidiarias, no está contemplado en la ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región», expone el dictamen, al que ha tenido acceso 'La Verdad'.

El Consejo Jurídico advierte al regidor popular de que el planteamiento del sistema urbanístico autonómico ha sido «el de prescindir de las normas subsidiarias como instrumentos de planificación general y hacer de los planes generales municipales figuras obligatorias para todos los municipios». En la actualidad, el texto del Plan General de Ordenación Urbana de San Javier está aprobado provisionalmente, pero no ha sido publicado y, por tanto, no ha entrado en vigor, de forma que el planeamiento se rige por las normas subsidiarias, las cuales, según subraya el dictamen, están reguladas por un real decreto que data de un lejano 23 de junio de 1978.

La institución reprocha que el planeamiento empleado se rige por un real decreto de 1978

Por todo ello, el Consejo Jurídico, en una de sus conclusiones, insta al Ayuntamiento a que «la planificación urbanística municipal debe adecuarse cuanto antes a la ley 13/2015 (de Ordenación Territorial y Urbanística), aprobando un plan general cuidadosamente elaborado y redactado, en evitación de problemas interpretativos como el presente».

De esta forma, llueve sobre mojado para el Consistorio, ya que el CJRM le recuerda que un informe que la propia Administración local encargó a una asesoría jurídica externa, también referido al estudio de detalle del Magia Beach, ya expuso que el conjunto normativo del que se disponía se encuentra «lo más alejado posible de lo que debe ser una regulación urbanística mínimamente útil y operativa». Este diario preguntó a la alcaldía cómo valoraba el dictamen y cuáles son los plazos para aprobar de manera definitiva el PGOU, pero no ha obtenido respuesta.

Las otras conclusiones del dictamen se refieren a la cuestión planteada inicialmente por el regidor, referida a la posibilidad de que las normas subsidiarias den viabilidad al estudio de detalle que plantea la mercantil para legalizar el chiringuito de La Manga y que actualmente está cerrado. La empresa levantó el Magia Beach sobre una parcela de la calle Veneciola, cuyo suelo está calificado como urbano residencial individual, y el estudio jurídicoplantea un uso de servicio de restauración para regularizar el 'beach club', que incluye un embarcadero.

Interpretación estricta

El alcalde Luengo quería saber si las normas subsidiarias admitían el citado uso y la institución le responde que debe interpretarlas «estrictamente». Y añade que, «teniendo en cuenta que realizan pormenorizaciones con los usos que quiere hacer compatibles, descartando, por tanto, los no específicamente mencionados, entre ellos el de restauración, que, indirectamente, solo podría entenderse amparado en cuanto asociado a alojamiento». Es decir, no se puede dotar a la parcela de un uso de restauración para legalizar el chiringuito, sin vincularlo a la existencia de establecimientos hosteleros.

La institución también alerta de que el alcance de la potestad de planificación de algunos epígrafes de las normas subsidiarias «podría ser contrario a la libertad de empresa del artículo 38 de la Comisión Europea y podría atentar a la libertad de establecimiento del artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la UE».

Contencioso por el estudio de detalle del Magia Beach

La situación del Magia Beach de La Manga ha vuelto a sufrir una nueva vuelta de tuerca. Primero, el Juzgado de Instrucción número 6 de San Javier abrió diligencias por un presunto delito contra la ordenación del territorio. Y, ahora, la mercantil propietaria del chiringuito ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra la denegación de la aprobación definitiva del estudio de detalle con el que pretende legalizar el 'beach club'. El proceso contra el Ayuntamiento de San Javier ha sido admitido por la Sala 1 de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. El local se levantó 'disparando con pólvora del Rey', pero la inversión no está siendo rentable para la mercantil porque está cerrado dada su situación urbanística y judicial.

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